Inicio » Descubre la Ley de Emprendedores en España

Hemos recibido numerosas consultas sobre la ley de emprendedores en España y lo que su denominación lingüística refleja, lo que lleva a ciertas confusiones e impresiones que vamos a solucionar en este artículo.

Si bien la ley de emprendedores, evoca algo como “empredimiento” esto no quiere decir que sé de la residencia a toda persona que desee abrir un negocio en España.

Vamos a revisar punto por punto para salir de la confusión y APLICAR a la residencia de las Naciones Unidas a través de esta ley u otro supuesto legal con el que se pueda aplicar.

Muy importante NO confundir la Ley 14/2013 de Emprendedores con la Ley 4/2000, mar la cual sea Contempla Otros Supuestos Como las autorizaciones de Trabajo por cuenta propia, Aprenda Un poco Sobre Este tipo de Permiso de Trabajo en la sección de Nuestra empresarios Individuales .

Fundamento jurídico de la Ley de Emprendedores España:

La Ley 14/2013, de 27 de septiembre de apoyo a los emprendedores en su internacionalización regula por razones de interés económico la concesión de visados y autorizaciones de residencia.

El objetivo es atraer Inversión y talento a España. La medida se dirige a los Inversores, Emprendedores o Trabajadores que efectúen movimientos intra-empresariales, profesionales cualificados  e Investigadores, Así como a sus cónyuges e hijos.

El PROCEDIMIENTO es ágil y rápido, una apuesta única con variables plazos en función de los distintos casos. Válido en todo el Territorio Nacional.

Aspectos de la ONU a destacar en la Ley de Emprendedores en España

Lo dispuesto en la Sección indicada no se aplicará a los Ciudadanos de la Unión Europea y a aquellos extranjeros beneficiarios de los derechos de libre circulación y residencia.

El cónyuge y los hijos menores de 18 años, o mayores de Edad que no sean objetivamente CAPACES de proveer sus propias necesidades debido a su estado de salud o que acompañen a los casos enumerados anteriormente, podrán solicitar, conjunta y simultánea la autorización o el visado. Y no se tiene en cuenta la situación nacional de empleo en estas autorizaciones.

Los Extranjeros deberán mantener durante la vigencia  los visados  o autorizaciones en las Condiciones que les dieron acceso a los mismos.

Obtener la Visa de Inversionista Inmobiliario en España

La visa de inversionista consiste en LA ADQUISICIÓN DE BIENES INMUEBLES EN TODA ESPAÑA, con una inversión mayor o igual a 500.000 euros.

Obtener Visa de Inversionista por títulos, valores u otro activos financieros en España

Una Inversión inicial por un igual valor o superior a 2 Millones de euros en títulos de deuda pública española, o por un valor igual o superiores a Un Millón de euros en: Acciones o participaciones sociales de empresas españolas, o Depósitos bancarios en Entidades Financieras Españolas.

Obtener visado de residencia según ley de emprendedores extranjeros y actividad empresarial (REM)

Este es la parte que más confusión genera entre nuestros clientes. España es un país europeo de imprimación y la Tecnología esta muy desarrollada, en algunos aspectos compite con Alemania, Estados Unidos u otros países desarrollados. Por ejemplo la mayoría cuenta con innovadoras tiendas en Línea para artículos del hogar.

Si usted está considerando residir en España por:

  • 2 años de residencia renovable
  • Libertad laboral y empresarial de todos sus miembros
  • Cuenta con residencia para solicitar la Nacionalidad española
  • España intenta Filtrar la Migración, para hacerla cualificada y productiva, por lo que debe: tener conocimiento del mercado español y del sector donde apunta y lo necesario para implantar proyectos de ese tipo.

Vive en Europa, le asesora para que sus proyectos se cumplan y pueda entrar a través de esta ley, siempre y cuando sus cualificaciones y proyectos se enmarquen dentro de los Requisitos de la ley de emprendedores en España.

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Obtener Residencia en España como profesional altamente cualificado

Obtener la residencia como profesional cualificado también genera un alto grado de confusión, es apreciable el esfuerzo que hayamos hecho para estudiar y superarnos, sin embargo independientemente de nuestra profesión u ocupación, la ley de emprendedores en España, nos va a considerar profesionales altamente cualificados.

La residencia para profesionales cualificados se aplica a empresas que requieran la incorporación dentro del ámbito territorial Español de profesionales extranjeros para el desarrollo de una relación laboral o profesional.

a) Personal directivo o muy cualificado, cuando la empresa o grupo de empresas reúna alguna de las siguientes características:

  • Nómina de los tres meses anteriores a la presentación de la solicitud, con 250 trabajadores en España dados de alta en la Seguridad Social. ESTO generalmente se verifica.
  • Una cifra neta anual de Negocios superiores, en toda España a 50 Millones de euros; o una provisión de fondos propios o patrimonio neto Superiores, en España, de 43 Millones de euros.
  • Inversión bruta anual de los medios de comunicación, procedente del exterior, no inferior a 1 Millón de euros en los tres años INMEDIATAMENTE anteriores a la presentación de la solicitud.
  • Empresas ONU de la estafa del valor de inversor según los últimos datos del registro de inversiones exteriores del Ministerio de Economía y competitividad superiores a 3 Millones de euros.
  • Pertenencia, en el caso de pequeñas y medianas empresas establecidas en España sector considerado estratégico.

b) Personal directivo o muy cualificado que forme parte de la unidad ONU en un  proyecto empresarial acreditado como de Interés general:

  • Aumento significativo en la creación de puestos de trabajo directos por parte de la Empresa que solicita la contratación.
  • Mantenimiento del empleo.
  • Un incremento significativo en la creación de puestos de trabajo en el sector de actividad o ámbito geográfico en el que se vaya a desarrollar la actividad laboral.
  • Una inversión extraordinaria con impacto socio-económico de relevancia en el ámbito geográfico en el que se vaya a desarrollar la actividad laboral.
  • La concurrencia de razones de interés para la política comercial y de inversión de España.
  • Una aportación relevante a la innovación científica y / o tecnológica.

c) Graduados, Postgraduados de Universidades y Escuelas de Negocios de reconocido prestigio.

d) Investigadores.

Los Extranjeros que pretendan entrar en España, o que siendo titulares de una autorización de estancia o residencia y deseen realizar actividades de Formación, Investigación, Desarrollo e Innovación en Entidades Públicas o Privadas, deberán estar provistos del correspondiente visado o de una Autorización de residencia con validez  en todo el Territorio Nacional, en los siguientes casos:

  • El personal investigador al que se refiere el Artículo 13 y la disposición adicional primera de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
  • El personal Científico y Técnico que lleve a cabo trabajos de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, en entidades empresariales o centros de I + D + i establecidos en España.
  • Los Investigadores acogidos en el marco de la ONU en convenio por Organismos Públicos de Investigación o Privados, en las condiciones que se establezcan reglamentariamente.
  • Los profesores contratados por Universidades, Centros de Educación Superior e Investigación, o Escuelas de Negocios establecidos en España, de acuerdo con los criterios que se establezcan reglamentariamente.

e) Trabajadores que efectúen movimientos intra-empresariales dentro de la misma Empresa o Grupo de Empresas.

Aquellos Extranjeros Que se desplacen a España en el marco de una relación laboral, profesional o por motivos de Formación Profesional, con una empresa o grupo de empresas establecida en España o en otro país deberán estar provistos del correspondiente visado de acuerdo con la duración del traslado.

Además de los Requisitos Generales del Artículo 60, serán acreditados:

  • La existencia de una actividad empresarial real o del Grupo Empresarial
  • Titulación superior, o experiencia mínima profesional de 3 años
  • La existencia de una relación laboral o profesional de 3 meses con una o varias de las empresas del grupo
  • Documentación de la empresa que acredita el traslado
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